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Arias restituye restricción vehicular

Danny Canales dannycanales.asesor@larepublica.net | Jueves 16 julio, 2009




Impedimento para circular en el centro de la capital entraría a regir próxima semana
Arias restituye restricción vehicular
Mandatario validó prohibición de circular en San José de acuerdo con número de placa

La restricción para circular un día a la semana por el centro de la capital regresará.
Ayer el mandatario Oscar Arias, respaldó la medida al darle su firma al decreto que limitará el tránsito.
Ahora solo falta que el documento se publique en La Gaceta, para que entre a regir. Se espera que sea la próxima semana.
Una vez vigente el impedimento de circular, los conductores deberán privarse de visitar el centro de la capital un día a la semana entre la carretera de Circunvalación, Calle Blancos, la Uruca y el casco comercial de la capital.
La medida regirá desde las 6 a.m. hasta las 7 p.m. de lunes a viernes y será de acuerdo con el último número de la placa, tal y como rigió hasta el mes anterior.
La limitación se prolongará hasta marzo de 2010, pues el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) estimó que en esa fecha ya habrá concluido los cinco proyectos viales que están en ejecución y que provocan una fuerte saturación de las carreteras por los cierres de carriles que demandan.
Sin embargo, cuando caduque el plazo interpuesto en el decreto “determinarán si se hace necesario mantener la medida, o trasladarla a otras zonas”, adujo Karla González, ministra de Obras Públicas y Transportes.
Por ahora la multa a quienes incumplan el decreto se mantendrá en ¢5 mil, sin embargo a partir del 23 setiembre aumentará a ¢34.700, aunque no se justifica por qué ese monto.
La restricción había sido impuesta en el primer semestre del año pasado, pero fue derogada en junio por la Sala Constitucional en un fallo que reveló que mediante un decreto no es posible limitar el tránsito, pues era resorte de los legisladores.
Para insistir en poner en marcha la medida nuevamente, González se basó en la reforma a la Ley de Tránsito aprobada por los diputados el año anterior, la cual faculta al Poder Ejecutivo “a realizar restricciones a la circulación vehicular, por razones de oportunidad, de conveniencia, de interés público, regional o nacional, debidamente fundamentadas, conforme se establezcan reglamentariamente”.
Además la propia Sala Constitucional dictó en 2006 que “la libertad de tránsito y de movimiento que reconoce y tutela el derecho de la Constitucional, no protege el medio de transporte sino la libertad de todo habitante de la República de trasladarse libremente de un lado a otro”, justifica la jerarca.
El análisis agrega que en ese plazo la demanda de vehículos aumentó hasta un 19% en puntos determinados.


Danny Canales
dcanales@larepublica.net






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