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Lunes, 25 de noviembre de 2024



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Generarían costos adicionales a los empleadores

Cargas sociales desincentivan plan para promover empleos de medio tiempo

Cuidadores y estudiantes dando sus primeros pasos en el mercado laboral, pueden ser beneficiados

Ronny Gudiño ronnygudino.asesor@larepublica.net | Lunes 28 junio, 2021


dibujo de mujer sentada sobre reloj mientras trabaja
“La mejor opción sería permitir que el pago de cargas sociales se realice en función del monto pagado al empleado respetando los salarios mínimos y no con base a contribuciones mínimas contributivas”, dijo Guiselle Murillo, gerente legal en KPMG Costa Rica. Shutterstock/La República


Estimular la creación de empleos de medio tiempo para incluir a mujeres y estudiantes al mercado laboral es una de las medidas que se han valorado para combatir el alto desempleo.

Sin embargo, las condiciones actuales desincentivan esta política, debido a que las cargas sociales generarían un costo adicional para los empleadores, según analistas.

Esta propuesta se ha considerado para atender la dificultad que enfrenta más de un millón de mujeres y casi el 52% de los jóvenes entre 15 y 24 años por conseguir un empleo, aunque sea de jornada reducida.

“Beneficia a todos, toda contratación a medio tiempo da por lo menos una pequeña salud financiera a ese núcleo familiar o persona. Además, los medios tiempos generan la posibilidad de que las personas se capaciten, terminan su colegio, universidades y demás, al contar, en teoría, más tiempo para hacerlo”, consideró Daniel Suchar, analista independiente.

A su vez, les permite a pequeñas empresas, que no cuenten con altos recursos, que puedan contar con personal.

Lea más: ¿Cambiarán las cargas sociales de la Caja? Esto proponen el Gobierno y los diputados

No obstante a las buenas intenciones, aplicar esa medida con las condiciones actuales representaría un mayor pago de cargas sociales, a pesar de que el monto efectivamente pagado al colaborador sea inferior, consideró Guiselle Murillo, gerente legal en KPMG Costa Rica.

Esto porque la Caja establece como base mínima contributiva para el Seguro de Enfermedad y Maternidad el monto de ₡295.503 y para el IVM, ₡276.587.

Es decir, que independientemente a lo que gane un empleado por mes, en ningún caso se podrá cotizar por debajo de los rubros mínimos establecidos, explicó Osvaldo Madriz, socio en Derecho Laboral en Consortium Legal.

Lea más: Las Cotizaciones y Cotizantes al Seguro de Salud

Por lo tanto, los especialistas coinciden en que lo más justo serían cargas sociales proporcionales al tiempo laborado.

“También se pueden dar incentivos fiscales; por ejemplo, que si contrata a más personas, tiene un descuento impuestos. Esto para incentivar el empleo formal, así sea a medio tiempo”, agregó Suchar.


¿Qué hacer?


Osvaldo Madriz, socio en Derecho Laboral en Consortium Legal, recomenda algunas acciones que podría tomar la Caja para facilitar que los empresarios contraten personal de medio tiempo.

a) Actualización y flexibilización de los procesos de adecuación y cobro de deudas a patronos:
Se mantiene una postura hermética respecto al proceso de cobro de pendientes por parte de los patronos, lo que, aunado a que las posibilidades y condiciones de negociación con la entidad son poco flexibles, genera que a veces los cobros terminen siendo prácticamente confiscatorios.

b) Razonabilidad como parte de los procesos de cobro y deudas:
Actualmente están bajo la premisa de que cualquier beneficio patrimonial (en dinero o en especie) que un empleado percibe, debe ser considerado como salario, sin detallar en el fondo, en los casos particulares, que el contenido es efectivamente salarial. No sólo genera cobros excesivos dentro de dichos procesos, sino que desincentiva el reconocimiento de beneficios durante el empleo.

c) Cobro proporcional de cargas sociales según el salario efectivamente percibido:
Implicaría que los costos de este tipo de contrataciones disminuyan de manera proporcional, ajustándose los mismos al tiempo efectivamente laborado por el empleado durante el desarrollo de su contrato laboral, y al salario percibido por dichas labores.

d) Simplificación de trámites de inscripción:
Fomentaría los procesos de contratación de personal, pues la sencillez de la tramitología es siempre un incentivo en los procesos de formalización ante las autoridades de gobierno.


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