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Conductores con revisión técnica vencida no pueden ampararse en la Sala IV

Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Martes 26 julio, 2022 07:01 p. m.


Archivo/La República
Archivo/La República


Los conductores que tienen la revisión técnica vehicular vencida y no califican para la amnistía que dio el gobierno, no pueden ampararse en la Sala Constitucional para evitar una multa si son sorprendidos circulando.

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Y es que los magistrados rechazaron de plano varias consultas sobre este tema.

Esto, al considerar que no se visualiza una vulneración de un derecho fundamental, sino un asunto de legalidad ordinaria, por lo que debe conocerse en la vía administrativa.

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Desde el 15 de julio, el país se quedó sin revisión técnica vehicular, tras finalizar el contrato con Riteve.

El objetivo del gobierno es nombrar a una empresa -en un plazo de dos meses aproximadamente – para que dé el servicio, mientras se hace una licitación pública.

En ese sentido, los dueños de vehículos que les tocaba Riteve desde mayo tienen la posibilidad de no ser multados.

Sin embargo, quienes tengan el permiso vencido desde antes sí se exponen a multas.


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