Defensoría se enfrenta a Sala IV
Natasha Cambronero redaccion@larepublica.net | Miércoles 07 enero, 2009
Defensoría se enfrenta a Sala IV
Natasha Cambronero
ncambronero@larepublica.net
Debido a un supuesto error en la apreciación de los hechos, la Defensoría de los Habitantes presentó ayer una solicitud de revocatoria en contra de la anulación de los artículos 22 y 25 de la Ley de Violencia contra las Mujeres que la Sala Constitucional había dictaminado.
La Defensoría aduce que los magistrados infringieron derechos fundamentales y deniegan justicia a las mujeres, pues la declaración de inconstitucional de estos dos apartados se realizó sin un “contexto normativo”.
Además se aduce que existió un error de apreciación de los hechos al anular el artículo 22 asegurando que existían confusiones sobre el delito de maltrato, igual apreciación tuvo la Sala en el artículo 25, en el cual se contempla la agresión emocional.
Igualmente, la entidad defensora de los habitantes asegura que el parámetro del derecho penal que se utilizó nunca se amparó en otros parámetros de constitucionalidad ni de derechos humanos.
“La violencia en contra de las mujeres es una expresión de la estructura y de las relaciones predominantes del sistema de dominio masculino. La no consideración de este contexto, desde la perspectiva de la Defensoría incide negativamente en el significado e interpretación de las normas de la Ley de Penalización”, aseguró Lisbeth Quesada, Defensora de los Habitantes.
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Debido a un supuesto error en la apreciación de los hechos, la Defensoría de los Habitantes presentó ayer una solicitud de revocatoria en contra de la anulación de los artículos 22 y 25 de la Ley de Violencia contra las Mujeres que la Sala Constitucional había dictaminado.
La Defensoría aduce que los magistrados infringieron derechos fundamentales y deniegan justicia a las mujeres, pues la declaración de inconstitucional de estos dos apartados se realizó sin un “contexto normativo”.
Además se aduce que existió un error de apreciación de los hechos al anular el artículo 22 asegurando que existían confusiones sobre el delito de maltrato, igual apreciación tuvo la Sala en el artículo 25, en el cual se contempla la agresión emocional.
Igualmente, la entidad defensora de los habitantes asegura que el parámetro del derecho penal que se utilizó nunca se amparó en otros parámetros de constitucionalidad ni de derechos humanos.
“La violencia en contra de las mujeres es una expresión de la estructura y de las relaciones predominantes del sistema de dominio masculino. La no consideración de este contexto, desde la perspectiva de la Defensoría incide negativamente en el significado e interpretación de las normas de la Ley de Penalización”, aseguró Lisbeth Quesada, Defensora de los Habitantes.