Del manejo de Precios de transferencia en Costa Rica y las recomendaciones clave según el CIAT
Maikol Barboza Zúñiga Maikol.barboza@cr.pwc.com | Jueves 07 noviembre, 2019
Desde noviembre del año 2013, Costa Rica ha visto actualizaciones en materia de precios de transferencia, como las incorporaciones en la ley 9635 - Fortalecimiento de las Finanzas Públicas y en el Decreto 41818-H – Modificaciones y adiciones al Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta; sin embargo, a pesar de los grandes esfuerzos que se han realizado, existen organismos internacionales que han detectado falencias para los países en vías de desarrollo, como lo hizo el CIAT con la publicación del documento llamado: “Cóctel de medidas para el control de precios de transferencia, con enfoque en el contexto de países de bajos ingresos y en vías de desarrollo” (en adelante, Cóctel).
A continuación, se exponen los principales puntos descritos en el documento y las principales recomendaciones para que el tema de Precios de Transferencia pueda tener un desenvolvimiento adecuado.
A. ¿Qué es el CIAT?
El Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) es un organismo internacional público, sin fines de lucro que provee asistencia técnica especializada en actualización y modernización de las administraciones tributarias. El objetivo del Centro es apoyar el esfuerzo de los diferentes gobiernos nacionales, promoviendo la evolución, aceptación social y el fortalecimiento institucional.
B. ¿Qué es el “Cóctel”?
El Cóctel es un documento desarrollado por el CIAT, donde se desarrolla una serie de recomendaciones clave para la adecuada implementación del principio de Arm´s Lenght o Principio de Libre Competencia.
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C. Recomendaciones clave
Perspectivas en la aplicación de la “Regla del Mejor Método”: En este punto, se destaca la importancia de los profesionales en materia de Precios de Transferencia para la escogencia de los métodos adecuados para el análisis de las operaciones intercompañía considerando elementos tales como: fortalezas y debilidades de los métodos de precios de transferencia, idoneidad del método elegido considerando la naturaleza de la transacción, disponibilidad de información confiable y el grado de comparabilidad entre transacciones controladas y no controladas. La problemática, según lo expuesto en el documento asociado a la escogencia del método de análisis, está ligada a que algunos asesores recurran a prácticas uniformes sin la adecuada consideración de la metodología más apropiada para cada caso, ocasionando la exclusión de métodos que pudieran ser los más apropiados o bien, la aplicación de metodologías que no son correctas y que pueden representar un riesgo en caso de una eventual auditoría por parte de la autoridad tributaria.
Importación/exportación de materias primas: En este punto, se establece la recomendación del análisis de las operaciones internacionales de compra y venta de materia prima producto de explotación de recursos por medio del uso de una comparación directa contra precios establecidos en el mercado internacional o nacional, con el fin de facilitar la actuación por parte de las administraciones tributarias y evitar erosión de bases imponibles. En el caso de Costa Rica, en el Decreto No. 41818-H se agregó en el artículo 70 en el inciso f la posibilidad de aplicar, de forma alternativa, la valoración de bienes con cotización internacional.
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Modelo de evaluación de riesgo en materia de precios de transferencia: En este punto, se menciona la necesidad de fortalecer las administraciones tributarias para el adecuado control en materia de precios de transferencia, con énfasis en:
• Recursos necesarios: destaca la importancia de capacitar a las personas encargadas del proceso de revisión en materia de precios de transferencia y dotar a los departamentos con herramientas materiales y tecnológicas para las respectivas revisiones. Para el caso de Costa Rica, se ha observado en los últimos años que, aunque han existido avances, no se ha podido implementar la presentación de la declaración informativa; por consiguiente, uno de los factores de control material para determinar las revisiones necesarias se ha visto afectado.
• Plan estratégico: se recomienda establecer un plan de revisión de ciertas conductas de afectación en lo que respecta a bases imponibles por medio del uso de diversas herramientas, como la comunicación de sanciones y la importancia del cumplimiento del proceso de presentación de documentación probatoria para evitar sanciones. En Costa Rica, como se mencionó al inicio de esta publicación, se han desarrollado diversos mecanismos de control; no obstante, el factor central de control material (Declaración Informativa) está pendiente.
• Manejo de información: Se deben adoptar medidas para evaluar los diferentes documentos de control, procesar la información y procurar, por medio de departamentos de evaluación de riesgos en materia de precios de transferencia, el desarrollo de medidas de revisión de acciones tendientes a erosión de bases imponibles por parte de los obligados tributarios.
Maikol Barboza Zúñiga
Consultor Precios de Transferencia
PricewaterhouseCoopers
Teléfono: 2224-1555 ext 230