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Martes, 19 de noviembre de 2024



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Autoridades tienen identificados a conductor y empresa de la grúa

Derribo de puente peatonal será cobrado a dueño de grúa

Vehículo incumplió altura máxima permitida

Allan Madriz allanmadriz.asesor@larepublica.net | Martes 17 mayo, 2022


grúa puente peatonal
Autoridades tomarían sanciones contra conductor y dueño de la grúa que derribó puente peatonal cuando transitaba por la ruta de Circunvalación, en las cercanías de San Sebastián. Shutterstock / La República


El dueño de la grúa que derribó el puente peatonal ubicado en la ruta de Circunvalación, a la altura de San Sebastián, deberá asumir el costo de la reparación de la infraestructura.

El conductor habría incumplido con la altura máxima permitida para este tipo de vehículos, que es de 4,15 metros según la normativa del Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT), por lo cual hace responsable a la empresa de los daños.

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De momento, se desconoce a cuánto ascendería el costo del arreglo, más la multa.

Lo que sí está claro es que la normativa establece que los incumplimientos por pesos y dimensiones de los vehículos genera la obligación de pagos de los daños y los perjuicios ocasionados en la obra pública.

“En caso de que no se respete dichas normativas y se causen daños por transitar con alturas no permitidas, será responsabilidad de quien así disponga transitar por los daños causados a las infraestructuras e incluso a las personas”, indicó el abogado Rafael Rodríguez Salazar.

El abogado explicó que en este caso el Estado podría presentar la demanda por la vía civil para cobrar los daños.

“El Estado deberá presentar la demanda de carácter civil, si es del caso, para efectos de establecer el pago de los daños, y los dueños de los vehículos también pueden ir al proceso de tránsito con el parte respectivo y establecer el hecho ahí, o pueden irse a la vía y cobrar el daño en un proceso civil”, agregó Salazar.

Asimismo, señaló que debido al tipo de actividad de la empresa es posible que tenga una póliza y pueda “poner a responder la póliza”, de acuerdo con los daños y de cuánto es la cobertura de esta.

Luis Amador Jiménez, ministro de Obras Públicas y Transportes, indicó en Noticias Repretel que ya iniciaron la investigación que podrían presentar una demanda contra la persona o empresa responsable de la grúa que ocasionó el daño en el puente.

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“Están identificados, le pedí un informe a la Policía de Tránsito con respecto a la sanción que corresponde, en ese sentido es muy preocupante, pudo haber gente cruzando el puente, los vehículos a los que les cayó en la tapa del motor, pudo haber matado gente este incidente, estamos preocupados y vamos a aplicar las sanciones que corresponden”, dijo Amador.

Hasta el momento las autoridades del Consejo Nacional de Vialidad (Conavi) no han revelado a cuánto asciende el daño estructural que dejó sin puente peatonal a los vecinos de San Sebastián, ni se ha determinado el tiempo para reparar la infraestructura.


Voz experta


El pago de daños de la infraestructura correspondería a la empresa o dueño de la grúa según legislación nacional

Rafael Rodríguez Salazar

Abogado
Independiente


Si son situaciones meramente de daños ya es una situación en la vía civil, esa posibilidad genera responsabilidad tanto al conductor del vehículo como al dueño del vehículo registral.
El conductor del vehículo debe conocer en qué condiciones puede conducir y hasta qué máximo está permitido la altura del vehículo que conduce, y el dueño del vehículo tiene una responsabilidad solidaria porque tiene una actividad de riesgo y comercial, que genera una responsabilidad a él por ese riesgo que conlleva realizar dicha actividad.


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