Distribuidoras eléctricas reafirman su oposición a permitirles la generación de energía eléctrica a sus abonados
Ricardo Trujillo gerencia@fibrotel.cr | Viernes 19 enero, 2024
Ricardo Trujillo Molina MScEE
gerencia@fibrotel.cr
Don Allan Benavides actual presidente de la CEDET firma un reciente comunicado de esa cámara, en la que le solicita a la ARESEP valorar no suspender las tarifas para la generación distribuida a las empresas municipales y cooperativas de electricidad. En ese consorcio no se incluyen al ICE ni a la CNFL.
Las tarifas a las que se refiere el comunicado son las que después de 2 largos años después de aprobada la ley 10,086 legalizando la generación eléctrica distribuida, es decir, a la que tendrían derecho los abonados, fijó y publicó la Aresep con vigencia a partir del 1ro de octubre del 2023. Un pliego de tarifas que, en vez de regular con justicia entre generadoras y abonados el uso del recurso renovable de la energía solar terminó siendo una onerosa multa a dicho uso. Lo que la prensa ha llamado UN IMPUESTO AL SOL, pero que en la realidad no es un ingreso al fisco, sino que una exorbitante multa a los abonados por generar energía eléctrica, y a pagarse a las distribuidoras. Es por ello por lo que en uno de mis anteriores artículos me refiero al tema bajo el titulo de LAS
DISTRIBUIDORAS ELECTRICAS NO PICAN LENA ni prestan el hacha en materia de generación eléctrica de bajo costo.
El mundo entero incluyendo a Costa Rica se dirigen con gran urgencia y bajo el compromiso del Acuerdo de París, a descarbonizar su producción y economía, lo cual implica una transición acelerada del uso de combustibles fósiles hacia el uso de la energía eléctrica generada con recursos naturales renovables como es la luz solar. Y para cumplir esos objetivos se requiere de mucho dinero, billones de dólares que no tienen ni las empresas públicas ni los gobiernos. Es por ello por lo que la ley 10,086 pretendió desde su anteproyecto, estimular la inversión privada de manera democrática en la generación futura de la energía eléctrica en Costa Rica. Algo que parece enfurecerle a don Allan, pues insiste en su meritoria labor de medio siglo manejando la distribución eléctrica bajo el modelo monopólico, lo cual comprendemos pero que ya es cosa del pasado. La ley 10,086 basada en nuevas tecnologías, rompió con ese paradigma monopólico del siglo pasado.
Esa pésima regulación de la ARESEP, la cual terminó siendo una multa o penalización a la generación solar distribuida, mal llamada impuesto al sol, es la que ahora defiende don Allan Benavides, reafirmando con ello que nunca ha estado de acuerdo con la contribución democrática de sus abonados al futuro de la generación eléctrica, por cuanto la consideran competencia a su monopolio de más de medio siglo. Me temo que don Allan está seriamente influenciado por los silogismos de su abogado el señor Rubén Zamora, quien muy fiera y elocuentemente, pero con falsos argumentos, todavía defiende el modelo monopólico ante el público, asamblea legislativa y prensa.
Entre la falacia de los argumentos que esgrime el abogado Zamora se encuentra que las distribuidoras son afectadas económicamente por la generación distribuida, cuando lo cierto es que se benefician de ella y lo saben perfectamente, pero se resisten por razones ideológicas a aceptarlo.
Existen dos modos de generación distribuida para los abonados, el de la generación para su estricto autoconsumo sin vertido de excedentes energéticos a la red de distribución eléctrica, y el de la generación para vertido de excedentes.
En el primer caso, se trata de una sustitución de la compra de energía de alto costo generada por el ICE por la generada a bajo costo por el abonado propiamente. Este modo le permite a la distribuidora reducir sus compras de energía al ICE, reducir sus pérdidas de energía en la transmisión transformación y distribución , precisamente a las horas de máxima demanda como son las horas matutinas de las 8am a las 4pm. Eso significa para las distribuidoras menos problemas de sobrecalentamiento en sus redes y menos fallas por sobre corriente. Un ahorro millonario en mantenimiento y reparaciones que no ha sido considerado en el modelo tarifario de la ARESEP.
La segunda modalidad de generación distribuida es todavía mas beneficiosa para las distribuidoras, pues recibe excedentes de bajo costo de sus abonados, y sin pagar el canon de la transmisión a alta tensión, ni el costo de transformación a medio y bajo voltaje de la energía que le compra a un alto costo al ICE, se la suple a los vecinos del generador distribuido a solo unos pocos metros usando la red secundaria ya existente. Mas solidaridad que esta no puede existir. Excedentes energéticos de bajo costo provenientes de un abonado con su propia inversión, los cuales son entregados a un abonado del vecindario sin ese recurso financiero. Y todo ello sin afectar las finanzas de la distribuidora, ni un cinco.
Los supuestos de afectación financiera que esgrime con suma verborrea el abogado Zamora son ficticios, falsos y demeritan la loable labor de las distribuidoras eléctricas.
Con el paso del tiempo, las distribuidoras eléctricas comprenderán y llegaran a la conclusión que su modelo monopólico ya expiró, y que ahora son empresas de servicios múltiples como ya lo hace Coopesantos al distribuir productos de sus abonados , y que sus abonados son ahora valiosos socios en la transición energética que nos enfrenta a corto plazo.