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RENTA


Esté atento, se acerca el pago de impuestos

Rebeca Sequeira rebecasequeira.asesora@larepublica.net | Martes 10 diciembre, 2019


calculadora con teclas de impuestos
Para el 2020, el cierre fiscal será en diciembre y no en septiembre. Shutterstock / La República


Todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que realicen actividades o negocios lucrativos en el país, o bien tienen la condición de declarantes, tienen tiempo hasta el próximo 16 de diciembre para pagar Impuestos de Renta y presentar la Declaración D 101.

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En la declaración, el contribuyente debe indicar cuáles fueron las utilidades (ingresos menos gastos) generadas por su actividad lucrativa durante el período fiscal comprendido entre el 1° octubre del 2018 y el 30 de septiembre del 2019.

Los contribuyentes deben presentar la información utilizando el sistema de Administración Tributaria Virtual, y el pago del impuesto se puede realizar en los bancos autorizados por la Dirección General de Tributación o por medio de sus plataformas digitales.

“El pago vence cada 15 de diciembre, pero debido a que cae domingo, se traslada para el siguiente día hábil; es decir, el lunes 16 de diciembre”, dijo Ronald Artavia, presidente del Colegio de Contadores Públicos.

Para el 2020, el cierre fiscal será en diciembre y no en septiembre. Además, las personas que tienen rentas de capital mobiliario o inmobiliario que se acogieron al nuevo sistema de declaración y pago ya no deben presentar declaración anual en el 2020.

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En caso de que un contribuyente no presente su declaración y consecuentemente no pague los impuestos, recibirá sanciones por

1- Omisión en la presentación de su declaración. Se establece una sanción igual al 50% de un salario base, es decir ¢223 mil

2- Mora en el pago. Sanciona con un 1% sobre el monto del impuesto no pagado, y que no puede exceder del 20%

3- Intereses. Es de un 13.16 % anual, aplicados sobre el monto del impuesto dejado de pagar


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