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Jueves, 14 de noviembre de 2024



INVERSIONISTA


Fondos mutuos volverían al número original de inversores

Carolina Acuña cacuna@larepublica.net | Lunes 02 diciembre, 2013


“Aún está pendiente el tema del beneficio fiscal, tenemos un proyecto en la Asamblea Legislativa para eliminarlo”, dijo Ottón Solís del PAC.


Fondos mutuos volverían al número original de inversores

“Aún está pendiente el tema del beneficio fiscal, tenemos un proyecto en la Asamblea Legislativa para eliminarlo”, dijo Ottón Solís del PAC.

Tras una polémica generada en el seno del Consejo de Supervisión del Sistema Financiero porque aprobó reducir de 50 a dos las personas necesarias para constituir un fondo de inversión, la intervención del candidato a diputado por el PAC, Ottón Solís, y la Defensoría de los Habitantes, el Conassif echó marcha atrás y envió nuevamente a consulta un reglamento que estipula el número original de inversores.
La polémica se dio porque los fondos de inversión (fondos mutuos) tributan menos que la mayoría de inversiones, lo que podría ser un portillo de evasión fiscal y además debilitar la recaudación.
“Estoy muy alegre porque se escuchó la denuncia que hicimos y de que se haya modificado el número mínimo de inversionistas, eso era un relajo, era un escudo fiscal”, dijo Ottón Solís
El Reglamento se ajustó y envió de nuevo a consulta pública, donde usted tiene diez días para manifestar argumentos a favor o en contra de los cambios ante el Conassif.
El ajuste busca diferenciar el momento de constitución de un fondo respecto del momento de su operación plena, estableciendo cantidades mínimas de inversionistas para cada una de las etapas.
Por ejemplo para el momento de la constitución de fondos abiertos o inmobiliarios (los que compran inmuebles ya construidos para arrendarlos), se establece un número mínimo de 50 inversionistas; para fondos de desarrollo inmobiliario (los que levantan las obras) son necesarias 25 personas y para fondos de capital de riesgo el mínimo es de cinco personas.
Una vez obtenida la cantidad mínima de inversionistas necesarios para la constitución del fondo, la regulación establece que este podría funcionar con un número más bajo de ellos, con un mínimo de 35, 15 y cuatro, respectivamente, detalla el Conassif en un comunicado.
Asimismo, se hace una diferenciación entre los inversores que son personas físicas, y los que son personas jurídicas que a su vez tienen muchos inversores como los fondos de pensión u otros fondos de inversión.
La norma enviada a consulta refuerza los espacios y potestades —ya presentes en las reformas aprobadas en julio— con relación a las acciones de supervisión orientadas a asegurar que en el caso de los fondos de inversión, no se estén violentando las condiciones de oferta pública o se presenten otros problemas que desnaturalicen este mecanismo de ahorro.
Por ejemplo, los procesos de liquidación de los fondos se clarifican y detallan, con el fin de hacerlos más ordenados y expeditos, protegiendo a la vez a los inversionistas, se detalla en el comunicado.
Finalmente queda pendiente un tema que no corresponde a Conassif sino a la Asamblea Legislativa y es que este tipo de diferencias fiscales crea problemas, por lo cual ya hay un proyecto presentado hace tres semanas por Manrique Oviedo del PAC y apoyado por Fabio Molina del PLN y Patricia Pérez del Movimiento Libertario para que se elimine esa distorsión, dado que no se ha probado que ese incentivo fiscal haga que los pequeños inversionistas ahorren más, que era el espíritu de la ley a la hora de su aprobación.

Carolina Acuña
cacuna@larepublica.net







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