Pymes registradas ante el MEIC están exoneradas
Golpe al sector comercio: alquiler de locales pagará 13% de IVA
Actividad económica está desacelerada
Brandon Flores bflores@larepublica.net | Lunes 06 mayo, 2019
A partir del 1° de julio el sector comercial sufrirá un golpe con el 13% de IVA a los locales dedicados a esta actividad.
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Por ejemplo, si un comerciante hoy paga ¢1 millón por el alquiler, a inicios de julio, la cuota subirá a hasta ¢1.130.000.
Por otro lado, el negocio está autorizado por ley a aumentar sus precios de venta en el 13% por el IVA y lo debe cobrar en todas sus ventas.
Si no lo hiciera, quien esté alquilando tendría que poner el dinero de su bolsillo y perder utilidades.
En resumen, los precios de alquileres para fines comerciales y de los productos subirán un 13% producto del IVA a inicios de julio, lo que traería un consumo más lento y golpearía al sector comercial ya deprimido.
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Únicamente estarán exentas del tributo las pequeñas o medianas empresas inscritas como tales ante el Ministerio de Economía y cuyo monto de renta no supere los ₡600 mil.
Reglas claras
Los comercios, al momento de pago el Impuesto de Valor Agregado, pueden descontarlo de sus declaraciones, pues algunos servicios que ellos utilizan también tienen ese tributo, por ejemplo:
- Agua
- Alquiler del local
- Compras de materiales de facturación
- Licencias de software
- Luz
- Servicios contables
- Servicios de mantenimiento
- Servicios legales
- Servicios publicitarios
- Teléfono
Reglas claras
Los comercios, al momento de pago el Impuesto de Valor Agregado, pueden descontarlo de sus declaraciones, pues algunos servicios que ellos utilizan también tienen ese tributo, por ejemplo:
- Agua
- Alquiler del local
- Compras de materiales de facturación
- Licencias de software
- Luz
- Servicios contables
- Servicios de mantenimiento
- Servicios legales
- Servicios publicitarios
- Teléfono
A prepararse
Anticiparse y buscar asesoría son aspectos claves que deben tomar los empresarios que alquilen locales comerciales.
Pablo González
Director de Impuestos
Sfera Legal
El mayor impacto lo vislumbramos en el impacto que sufrirán los negocios comerciales y de servicios que venden a crédito, esto en virtud de que el hecho generador del impuesto sobre el valor agregado es la prestación del servicio y la facturación, lo que suceda primero, independientemente del momento de pago.
Sin duda, el efecto es que el negocio o prestador del servicio deberá asumir por anticipado el pago del impuesto y enterarlo al fisco.
Zaida Mora
Abogada tributaria
Bufete Raymundo Volio
A dos meses de la entrada en vigor de la Ley, los comerciantes pueden iniciar sus trámites de inscripción como pymes y asegurarse así de que podrán optar por este beneficio de exoneración.
Para las empresas que no entren en la categoría Pyme, la recomendación es asesorarse adecuadamente para aplicar todos los cambios en sus registros contables y utilizar así correctamente las mismas herramientas que brinda la ley, como los créditos fiscales.
German Morales
Socio director
Grant Thornton
Lo primero que debe hacer un negocio es tener claridad total de que está autorizado por ley a aumentar sus precios de venta en el 13% por el IVA y que lo debe cobrar en todas sus ventas de bienes y servicios.
Si no lo cobra, lo debe asumir; es decir, el IVA no cobrado lo tiene que poner de su utilidad, por ello es obligatorio por ley cobrar el IVA en todas sus ventas.