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Gastos sin factura electrónica, Uber, meseros, y formularios, entre otros

Hacienda responde cinco grandes dudas sobre el IVA

Nuevo impuesto y cambios en la renta empezarán a aplicarse el 1 de julio

Christine Jenkins cjenkins@larepublica.net | Jueves 27 junio, 2019


Laberinto
¿Qué tiene que saber a pocos días para la entrada en vigencia del Impuesto sobre el Valor Agregado? Shutterstock/La República.


A pocos días del cambio más grande en materia tributaria de los últimos 30 años, aún quedan dudas entre los contribuyentes sobre la aplicación del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), lo peor de todo es que mucha de la información que circula en redes sociales contribuye aún más con la confusión.

La tasa actual del 13% del impuesto de ventas se va a ampliar a una serie de servicios que no están gravados hoy día; pero también, habrá una serie de tarifas reducidas del 4% y del 2%, y algunas exenciones que generan preguntas sobre cuál aplicaría.

Lea más: El IVA no es el fin del mundo

Para los contribuyentes, además, hay consultas sobre una nueva serie de obligaciones, como las declaraciones mensuales del IVA y los cambios en las reglas de renta, incluyendo la entrada del impuesto de capital.

Por eso, le consultamos a Priscilla Piedra, directora general de Hacienda, algunas de las grandes preguntas que nos quedan sobre los cambios que empezarán este 1 de julio.


5 grandes dudas


1. ¿Qué tendrán que declarar todas las empresas y personas con actividad lucrativa?
Durante el mes, deben registrar el IVA pagado por la actividad que están realizando, así como lo cobrado a clientes; los consolidan al finalizar el periodo y ese es el impuesto que deberían pagarle al fisco.
En la página de ATV del Ministerio de Hacienda se va a subir una explicación a más tardar este viernes.
El formulario se pondrá a disposición hasta el 1 de julio en la página, para no enredar a las personas que aún deben hacer uso de la versión anterior.
Este formulario se presenta y paga dentro de los 15 días naturales del mes siguiente, y únicamente los nuevos contribuyentes tendrán hasta el final de setiembre para pagar la primera declaración.



2. ¿Cómo hacen los contribuyentes para deducir gastos que no vienen con factura electrónica, como un almuerzo de una soda del régimen simplificado, o un servicio digital?
En situaciones en que no se da factura electrónica, para que se convierta en un gasto deducible del impuesto sobre la renta, o el impuesto sobre las utilidades, lo que se permite es crear lo que se llama una factura de compra, que también estaría empezando a funcionar el 1 de julio.
Con esto, uno mismo registra el comprobante a través del facturador electrónico de ese bien o servicio que, por ser transfronterizo, o por estar en el régimen simplificado, no tiene comprobante emitido.



3. ¿Qué sucederá con Uber, Netflix y otros servicios por medios digitales?
Estos servicios transfronterizos están sujetos a la publicación de la lista de servicios que se va a suministrar a las entidades bancarias, que harían el cobro del 13%.
Las entidades financieras tienen un mes para empezar a realizar este cobro a partir de que quede en firme esa lista, que no va a salir para el 1 de julio, pero sí dentro de los primeros 15 días o durante el primer mes.



4. ¿En la factura del restaurante, hay algún cambio por el IVA?, ¿se aplicará sobre la propina?
La factura del restaurante va a ser la misma factura del restaurante, y el mesero no va a tener que cargar nada adicional, ni por el 10% de servicio, ni por las propinas que las personas decidan otorgarle.
Esa propina es una contraprestación que está dando la persona de forma voluntaria, no tiene carácter de obligatoriedad; por lo tanto, no estaría sujeto al impuesto sobre el valor agregado, porque podríamos asimilarlo en algún grado a una especie de donación.



5. Hay servicios de educación exentos, otros con tarifa del 2%, y posiblemente otros con tarifa del 13%, ¿cómo sé cuál me corresponde pagar?
La exoneración está limitada a lo que vamos a llamar educación formal, de centros autorizados y debidamente regulados.
Sin embargo, si estos mismos centros brindan talleres de fútbol, adicional al horario correspondiente, o cobran alimentos por separado a los alumnos, sobre esto se aplicará la tarifa correspondiente.
Todo lo que tenga que ver con actividades deportivas estará al 13%, pero un curso de inglés estaría al 2%, así como todas las actividades culturales como clases de pintura o guitarra.

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