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Primeras dos sentencias del Juzgado de Trabajo son un parámetro, no son vinculantes

Ilegalidad de huelga iría hasta el Tribunal Superior en dos semanas

Sindicatos alegan que norma de la OIT legitima su accionar

Fabio Parreaguirre fparreaguirre@larepublica.net | Martes 25 septiembre, 2018


La ilegalidad de la huelga o no se conocerá en dos semanas
Imagen con fines ilustrativos, Shutterstock/La República


La ilegalidad definitiva o no de la huelga podría definirse hasta la segunda semana de octubre, cuando sea el Tribunal Superior de Trabajo el que tome la determinación.

Si los sindicatos apelan las sentencias de ilegalidad de los juzgados de trabajo, el tribunal en segunda instancia podría solicitar una audiencia oral y luego tendrá cinco días para hacer su pronunciamiento final, según el Código Procesal Laboral.

Esta sentencia no puede ser apelada.

Si efectivamente se admite, el patrono debe comunicar al trabajador y se despide en 24 horas sin responsabilidad patronal.

Al recibir las notificaciones por parte del Juzgado de Trabajo de la ilegalidad, los sindicatos tienen tres días para apelar.

Lea más: Huelga en Ministerio de Vivienda declarada ilegal

Ayer el Juzgado del Primer Circuito de San José, declaró ilegal la huelga de los empleados del ministerio de Vivienda.

Por otro lado, ayer a mediodía, el sindicato del Consejo Nacional de Producción (CNP) no había sido notificado de la resolución de la ilegalidad, por lo cual los tres días de emplazamiento no han corrido.

El Juzgado del Primer Circuito de San José el viernes pasado declaró ilegal la huelga de los trabajadores del CNP.

Esta resolución no es vinculante para los 31 casos aparte que se llevan contra la huelga, pero monta un precedente, indicaron expertos en derecho laboral.

Con esto la huelga ya cumple 16 días, mientras no exista una sentencia no puede sancionarse a ningún funcionario que haya abandonado su lugar de trabajo.

Lea más: Huelga sería punto de inflexión para Carlos Alvarado

Los sindicatos alegan que por un principio del Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo el movimiento podría darse para apoyar "la búsqueda de soluciones a los problemas derivados de las grandes cuestiones de política, económica y social que tienen consecuencias inmediatas para sus miembros y para los trabajadores en general.


Tribunal tendrá la última palabra


La eventual ilegalidad de una huelga provocaría que los empleados vuelvan en 24 horas.

Erick Briones

Doctor
Derecho laboral

La sentencia dada por el juez Arnoldo Álvarez podría servir de parámetro para que otros jueces tengan eso como referencia, aunque cada uno es independiente. El juez valoró que la huelga se hace por interés económico y social entre el patrono y el trabajador.

Randall González

Socio y especialista en materia laboral
BLP

La resolución marca un precedente, pero no es vinculante para otros jueces, cada uno de los casos va al lugar donde esté domiciliada la institución y puede ser que se resuelva de forma diferente.

Lupita Quintero

Especialista en derecho laboral
Nassar Abogados

El Tribunal Superior será el encargado de determinar si el juez violó o no los convenios de la OIT o si se amparó al Código de Trabajo. Resoluciones de este tipo pueden ser tomadas como guía, pero son de acatamiento obligatorio para los jueces.


Posición sindical y empresarial


La declaratoria de ilegalidad es injusta según los sindicatos. Esa opinión no la comparte el sector empresarial.

En contra

Luis Chavarría

Secretario general
Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social

La redacción de la sentencia de ilegalidad de la huelga es pésima y obedece a una actitud política del juez, con cero transparencia.
No vamos a ser víctimas de la represión que viene impulsando el gobierno en contra de los trabajadores y las amenazas de no dar plazas a los que están interinos o de que no pagarán extras.

Rafael Mora

Asesor laboral
Asociación Nacional de Empleados Públicos

La libertad sindical está consagrada en la Constitución Política, es un derecho y la sentencia viola artículos de los convenios ratificados por la OIT, se tergiversa la norma y, por eso, el fallo requiere un análisis que tome en cuenta la normativa internacional.

A favor

Julio Castilla Peláez

Primer vicepresidente
Cámara de Comercio

Consideramos que esta es una huelga injustificada y que si bien es cierto manifestarse es un derecho, fomentar el caos y la paralización de los servicios esenciales, es un delito. Es responsabilidad de todos contribuir en la solución del problema fiscal que está debilitando al país.

Enrique Egloff

Presidente
Cámara de Industrias


Peticiones de trabajadores


Los empleados públicos solicitan dejar de lago una serie de aspectos que incluye la reforma fiscal como por ejemplo:

Fuente: Ley de fortalecimiento de las finanzas públicas



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