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Impuesto a personas jurídicas iniciará a cobrarse en agosto

Karla Madrigal kmadrigal@larepublica.net | Miércoles 29 marzo, 2017 10:48 a. m.


Imagen con fines ilustrativos. Shutterstock/La República.


El impuesto a las personas jurídicas se iniciará a cobrar a partir del 1 de agosto, luego de ser publicado en el Diario oficial La Gaceta, el pasado 22 de marzo.

La fecha regirá en caso de que el Gobierno publique el Reglamento respectivo durante el próximo mes de abril, en caso contrario, la vigencia se trasladará para el mes o meses siguientes.

El cobro se reactivará para todo tipo de sociedades mercantiles, tales como las sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sociedad en comandita, sociedades colectivas, empresa individual de responsabilidad limitada, entre otros, según Ronald Artavia, presidente del Colegio de Contadores Públicos.

Lea más: Aprueban impuesto a personas jurídicas

De no hacer los pagos en las fechas establecidas por las Autoridades tributarias, se aplicaría una multa e intereses que se calcularán por día, y que anualmente representan un 11.73% del total del impuesto.

De esta forma, las sociedades inactivas pagarán ¢63 mil, ¢106 mil las sociedades que generen hasta ¢50 millones, ¢127 mil las que generen de ¢51 millones a ¢118 millones, y finalmente ¢212 mil, las que generen ¢118 millones en adelante.

Según el artículo 11 de esta ley, el 90% de la recaudación del impuesto será́ asignado al Ministerio de Seguridad Pública para invertirlo en la construcción de las delegaciones policiales, compra y el mantenimiento de equipo policial, en la atención de la seguridad ciudadana y el combate a la delincuencia; un 5% irá al Ministerio de Justicia y el otro 5% al Organismo de Investigación Judicial.
 


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