Infórmese cómo quedarán sus créditos ante la suspensión de medidas por la pandemia
Tatiana Gutiérrez Wa-Chong tgutierrez@larepublica.net | Sábado 15 enero, 2022 04:31 p. m.
Cuatro aspectos deben ser revisados por las personas que tienen créditos ante la eliminación de las medidas de contingencia durante la pandemia.
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El saldo de la deuda a la fecha actual, la fórmula de cálculo de la cuota a partir de este momento, el nuevo plazo del crédito para cancelarlo, esto es lo que la Oficina del Consumidor Financiero.
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Las entidades ofrecerán arreglos de pago y solo se podrá realizar una modificación de la operación crediticia en un plazo de 24 meses, de lo contrario, será calificada como una operación crediticia especial.
“Conocer y ser informado del estado actual de los créditos es parte de los derechos del consumidor financiero. Tomando en cuenta que nuevamente las disposiciones vigentes en las operaciones crediticias son las de prepandemia, es importante que el deudor tenga claro cómo operarán sus préstamos de ahora en adelante”, afirmó Danilo Montero, director general de la OCF.
La disposición de CONASSIF de no permitir más las medidas excepcionales para deudores afectados por la pandemia, se refiere a la aplicación de condiciones especiales de manera ilimitada; por lo tanto, el deudor podrá consultar a las entidades financieras si existen otras opciones de arreglo a las que puedan aplicar.
“Una operación crediticia se considera como especial cuando el deudor solicita que se aplique más de una prórroga, readecuación o refundición de la deuda en un período de dos años. Al hacerlo, se interpreta como un aumento del riesgo de que no se pague, y posiblemente genere un cambio de condiciones, como por ejemplo un aumento en la tasa de interés, lo que la entidad financiera deberá notificarlo a la Sugef”; señaló Montero.