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Patronos se exponen a multa de ¢2 millones si no dejan a empleados votar

Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Domingo 02 febrero, 2020 09:00 a. m.


La normativa laboral electoral no faculta a los trabajadores a ausentarse durante toda su jornada. Archivo/La República.
La normativa laboral electoral no faculta a los trabajadores a ausentarse durante toda su jornada. Archivo/La República.


Si usted trabaja este domingo 2 de febrero, pero también desea asistir a las urnas, es importante que sepa que el patrono está obligado a darle permiso.

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El Código de Trabajo otorga a todos los trabajadores un permiso con goce salarial para asistir a ejercer el voto y los empleadores que lo prohíban podrían ser sancionados, según Laura Navarrete, abogada laboral de la firma EY Law.

“En caso de que el patrono reduzca el salario o sancione a los trabajadores que se ausenten por ir a votar, el Código Electoral establece multas que oscilan entre los dos y los cinco salarios base, es decir entre los ¢892 mil y los ¢2, 2 millones”, dijo Navarrete.

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La normativa laboral electoral no faculta a los trabajadores a ausentarse durante toda su jornada, sino que únicamente los autoriza a tomar un tiempo prudencial.


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