¿Piensa impugnar una multa de tránsito por correo electrónico? Estos son los requisitos
Johnny Castro johnnycastro.asesor@larepublica.net | Viernes 27 agosto, 2021 04:39 p. m.
Recuerde que desde el año pasado puede impugnar las multas de tránsito por correo electrónico sin necesidad de contar con firma digital, pero debe seguir los siguientes pasos:
Al correo electrónico: recepcion-impugnaciones@csv.go.cr debe enviarse además de la impugnación, copia de la cédula de identidad y las pruebas, las cuales deben enumerarse y aportarse como anexos o escanearse en un solo documento.
Las imágenes no pueden superar el peso de 10 Megabytes, si se remite por correo electrónico.
Por fax se puede remitir al número 2010-4701 en San José, o al número de fax de cualquier otra sede fuera de la capital.
Quienes paguen en los 10 día hábiles siguientes al registro o firmeza de la multa, obtendrán un descuento del 15%, excepto en las multas tipo A, que tienen un monto de unos ¢327 mil.
Las multas de tránsito prescriben en siete años, en caso de que el argumento no sea de recibo, lo más que logrará es postergar su pago, pero para renovar la licencia tendrá que cancelarla, incluso hasta con intereses en algunos casos.