Régimen de Tributación Simplificada: ¿quiénes pueden acceder?, ¿cómo se tributa?, y ¿cuáles son los beneficios?
Alicia Lara alicia.lara@cr.gt.com | Viernes 10 mayo, 2024
El Régimen de Tributación Simplificada está diseñado para ayudar a pequeños y medianos contribuyentes, facilitando el proceso de presentar declaraciones. Sin embargo, solo pueden acceder a este, aquellos que realicen actividades económicas preestablecidas mediante decreto ejecutivo, entre ellas: bares, comercios minoristas, venta de comidas y bebidas, taxis, panaderías, floristerías, viveros, entre otros.
Este régimen es de acceso y retiro voluntario, por lo que para ingresar se debe presentar una declaración de inscripción o modificación de datos mediante un formulario D-140, no obstante, las personas físicas o jurídicas deben cumplir con ciertos requisitos, a saber:
i. Las compras anuales deben ser menores a 186 salarios base (es decir, ₡85.969.200, pues el salario base al 2024 corresponde a ₡462.200), en caso de actividades de pesca las compras anuales de combustible no deben exceder 8 salarios base (₡3.697.600), y en la actividad de servicio de taxi solo se debe contar con un vehículo.
ii. Sin contar al contribuyente, solo pueden laborar 5 personas, exista o no pago por esto.
iii. Solo se puede mantener un establecimiento abierto al público.
iv. Los activos fijos utilizados en la actividad deben ser menores a 350 salarios base (₡161.770.000).
Existen varias diferencias con respecto al régimen tradicional, una de ellas es la manera en que se declara el impuesto sobre renta y el valor agregado, debido a que estos se presentan y pagan de manera trimestral, los primeros quince días naturales de abril, julio, octubre y enero de cada año; mediante los formularios D-105 disponibles en el sistema ATV y tomando como base imponible el monto de las compras en lugar de las ventas.
Otra diferencia se encuentra en la forma de cálculo del impuesto, tanto de impuesto de renta como de valor agregado, estableciendo un factor para cada categoría de actividad e impuesto, el cual debe aplicase al total de compras trimestrales, incluyendo el impuesto al valor agregado, o por el total de los kilómetros recorridos, si la actividad económica es de servicios de taxis.
Es importante indicar que, por compras se debe entender los materiales e insumos utilizados para la elaboración de productos terminados, lo cual no incluye gastos, además, el contribuyente puede realizar importaciones; en cuyo caso debe incluirse para el cálculo del impuesto la información contenida en el Documento Único Aduanero (DUA).
Por otra parte, este régimen brinda a los contribuyentes algunas facilidades, entre ellas está el hecho de que no se requiere llevar una contabilidad detallada, solo se solicita mantener un control de las compras, ya sea, físico o digital, así como guardar los comprobantes fehacientes de dichas adquisiciones.
Otro beneficio del régimen es que los contribuyentes no tienen la obligación de emitir comprobantes electrónicos, salvo que estos sean solicitados por el cliente, en dado caso se puede emitir una factura preimpresa u optar por emitir un comprobante electrónico, utilizando la figura de emisor receptor no confirmante.
Por último, los contribuyentes de este régimen deben tomar en cuenta que, en caso de realizar compras que no se encuentran respaldadas por comprobantes electrónicos autorizados, están en la obligación de presentar la declaración informativa anual D-151.