Responsabilidad del funcionario tributario
Rafael Luna rluna@consortiumlegal.com | Lunes 14 septiembre, 2015
Responsabilidad del funcionario tributario
Cuando un funcionario público visible comete un error que tiene un impacto económico (y muchas veces aunque no lo tenga), rápidamente el caso se ventila en la prensa, se hacen todo tipo de juicios legales y morales, que muchas veces terminan en destituciones casi sumarias.
Pero cuando los funcionarios públicos no son tan visibles, aunque su responsabilidad sea por cientos o miles de millones de colones, muchas veces pasan inadvertidos.
Este es el caso en la Administración Tributaria. Cuando los auditores tributarios realizan cobros a contribuyentes que posteriormente son revertidos por los Tribunales de Justicia, el Estado tiene que enfrentar devoluciones, pagos de intereses, indexaciones de los montos y hasta el pago de costas judiciales, pero a los funcionarios responsables de emitir el acto ilegal, no importa lo descabellado que haya sido, nadie los ve, nadie los conoce y después los contribuyentes tenemos que pagar el error de esos funcionarios con nuestros propios impuestos.
Pero esos funcionarios siguen en sus puestos como si nada pasara.
En fecha reciente, el Tribunal Contencioso Administrativo señaló que la negativa de la Administración Tributaria a otorgar una exención a una empresa que tenía todo su derecho de aplicarla, en un proyecto que además fue declarado de interés nacional, había sido contraria a nuestro ordenamiento jurídico e incluso se determinó la existencia de una falta grave en el proceder de los funcionarios responsables de la denegatoria.
La ilegalidad de los actos ahora conlleva el pago por parte del Estado (entiéndase que con dinero aportado por los contribuyentes a través de nuestros impuestos) de una carga pesadísima para nuestras maltrechas finanzas públicas.
Pero, ¿qué pasa con los verdaderos responsables?
A pesar de que la Ley General de la Administración Pública es clara en los tipos de responsabilidades disciplinarias y pecuniarias de los funcionarios cuando cometen estos actos, la Administración Tributaria se abstiene de aplicarlas.
Por esa razón, ahora que se le está pidiendo al pueblo un mayor esfuerzo y sacrificio en términos del pago de impuestos, resulta absolutamente necesario que la Administración Tributaria dé el ejemplo también a lo interno y actúe contra estos funcionarios, exigiéndoles las responsabilidades que claramente señalan nuestras leyes para estos casos.
Cuando un contribuyente comete un error, a la Administración Tributaria no le tiembla el pulso para aplicarle todo el peso de la ley, realizarle los cobros, aplicarle multas y sanciones adicionales.
Veremos si este es el caso, cuando son sus propios funcionarios los que le causan un grave daño al país.
Rafael Luna
Abogado tributario
rluna@afc.cr