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Retención del 2% a tarjetas tendrá excepciones

Rodrigo Díaz rdiaz@larepublica.net | Jueves 11 septiembre, 2014


Isaac Murcia, copropietario del minisuper La Muralla, asegura que una retención de 2% le hubiera eliminado el margen de ganancia en los productos básicos. GERSON VARGAS/LA REPÚBLICA


Medida ya no se aplicará a taxistas, gasolineros y pequeños detallistas

Retención del 2% a tarjetas tendrá excepciones

Hacienda aceptó consideraciones de pequeños comerciantes

“Estamos con las manos atadas”. Con estas palabras, Bernal Murcia y su hijo Isaac, propietarios del minisúper La Muralla, describieron la angustia que sintieron cuando se enteraron de que tendrían una rebaja en sus ingresos, por una disposición de Tributación Directa, que les restaría un 2% de sus ventas con tarjeta.

Ahora ya no se verán afectados por la medida, lo mismo que al resto de pequeños comerciantes, taxistas y expendedores de combustibles.
Esto, debido a que el Ministerio de Hacienda aceptó las consideraciones de los representantes de los comercios, para quienes dicha directriz atentaba contra la supervivencia de estos pequeños negocios.
Por tal razón, no se retendrá el 2% en los comercios considerados como “pulperías”, aunque muchos de los denominados minisúper, como el de los Murcia, entraría dentro de esa categoría.
El porcentaje en mención corresponde a un cobro adelantado de Tributación Directa del impuesto de renta, el cual deberá aplicarse a partir de noviembre, según una nueva disposición de Hacienda.
La queja general era que esta erogación adicional dejaría a los pequeños comerciantes prácticamente sin utilidad en la venta de algunos productos.
Muchos dueños de mininegocios ya asumen una comisión del 2,5% que les cobra la entidad financiera que administra el sistema de tarjetas y una retención del 2,6% por el impuesto de ventas.
Estas retenciones, más el 2% del impuesto de renta, superarían el margen de comercialización de productos como el arroz, que es del 7%.
Representantes gremiales estaban preocupados porque la retención podría tener consecuencias nefastas para los microempresarios, a quienes les quedaría el camino de eliminar el sistema de pago con tarjeta.
Esto llevaría a enfrentar el riesgo de perder competitividad por no poder atender a los clientes que solo utilizan ese medio de pago.
Tras las negociaciones de las últimas semanas, tampoco se verán afectados los taxistas, quienes amenazaron con eliminar los datáfonos de sus vehículos, y los expendedores de combustibles. En ambos casos, el margen de comercialización está delimitado por la Aresep, por lo que se podrían ver muy disminuidos sus ingresos, de imponerse este cobro adicional.
En las próximas semanas se terminará de afinar la directriz donde se establecerán las excepciones, y determinar qué tipo de negocios tienen márgenes bajos de utilidad. Ya habían sido exonerados los comercios que están bajo el régimen simplificado.
Tampoco empezará a regir a partir del 1° de octubre, sino que la medida empezará a aplicar el 1° de noviembre.

Las autoridades de Hacienda han insistido en que no se trata de un impuesto adicional, sino de una medida de control para evitar la evasión fiscal de múltiples negocios.
La retención del 2% es un adelanto del impuesto de renta, el cual puede aplicarse en los pagos parciales o en la cancelación final de diciembre.
Incluso, si algún contribuyente lo considera así, podría pedir la devolución al Ministerio de Hacienda, lo que muchos empresarios consideran será muy difícil de tramitar.
Antes de estas exclusiones, Tributación Directa estimaba que podrían recaudarse alrededor de ¢5 mil millones al mes.

Colaboró el periodista Esteban Arrieta

Rodrigo Díaz
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