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“Se están dando tobilleras electrónicas a quienes no las necesitan”

Luis Fernando Cascante lcascante@larepublica.net | Miércoles 02 agosto, 2017


“Trabajamos con una población que si no trabaja, no come”, explicó Roy Murillo, juez de ejecución de la pena, en referencia a la necesidad de agilizar los permisos de trabajo desde la etapa de sentencia. Esteban Monge/La República


Luis Fernando Cascante para La República
luiscascante.cr@gmail.com

Roy Murillo, juez de ejecución de la pena de San José, tiene que tomar decisiones importantes todos los días. Una de ellas, la posible eliminación del beneficio de arresto domiciliario con tobillera electrónica a Joshua Chavarría, quien salió de su casa para no perder su trabajo.

Su decisión final de mantener el beneficio se fundamentó en la urgente necesidad del joven por trabajar y sus ganas de salir adelante.

Murillo, quien ordenó el cierre de la cárcel de San Sebastián el año pasado, considera que un alto porcentaje de usuarios de tobilleras electrónicas es controlado de manera excesiva, por lo que “se están dando tobilleras a quienes no las necesitan”, según afirma.

Para una mejor reinserción y creación de oportunidades, el juez aboga por una modificación urgente a la ley 9271.

¿Cuáles son las debilidades de la ley que regula los mecanismos electrónicos de vigilancia?

Para empezar, tiene que haber un análisis de condiciones subjetivas que nos permitan concluir que no hay peligrosidad, tanto que no necesitamos enviarlas a prisión.

¿Cómo se hace a nivel subjetivo?

Cuando otorgo una libertad condicional y decido que una persona debe salir de la cárcel es porque tengo una valoración interdisciplinaria, hecha por psicólogos, orientadores, médicos y otros profesionales, que me determina cuáles son sus vulnerabilidades: qué la llevó al delito, cómo se han atendido sus condiciones de riesgo y qué planes ha desarrollado para llevar un plan de vida sin conflictos con la ley.

¿Están armados los tribunales de sentencia con toda la información para dar estas tobilleras?

No. Para poner el brazalete no hay una valoración interdisciplinaria de este tipo. El tribunal, a partir de lo que ve, del comportamiento del sujeto, de la prueba o de la gravedad, no sé de dónde, decidirá. ¿Con base en qué hacen la conclusión si es de riesgo o no?

¿Debería ser una regla que los tribunales de sentencia se acompañen de estas valoraciones interdisciplinarias?

El tribunal debería incluir la valoración psicosocial, con recomendación de profesionales, que le permita concluir si es de peligrosidad o si tiene condiciones de riesgo altas. ¿Por qué no se evacua?

Se debería hacer otra audiencia para hablar sobre la pena que se impondría. Una vez que ya sabemos que es responsable, se hace un debate para fijar la pena.

¿Qué consecuencias ha traído esto?

De 321 casos, las revocatorias han sido mínimas porcentualmente, pero ese mínimo genera un cuestionamiento a nivel social de impunidad, de alcahuetería, que los ladrones andan sueltos.

Es lógico que a la gente le moleste que la persona con un castigo, siga afuera haciendo daño. Aunque son casos de excepción, generan un cuestionamiento a la legitimidad de las decisiones judiciales y a los beneficios penitenciarios, es muy dañiño. Se genera un sentimiento de que cada quien hace lo que le da la gana, y eso no es cierto.

Se trata de comportamiento sociales, ¿cómo un sistema puede determinar que alguien no va a delinquir?

No hay ningún elemento ni estudio que tenga una bola mágica. Ni usted mismo puede demostrarnos lo que va a hacer o no. Yo no puedo demostrar que nunca voy a robar o matar a nadie. Espero que no. Mis condiciones sociales hacen que esa posibilidad disminuya. ¿Lo puedo hacer? Claro. Nadie puede pronosticar el comportamiento humano. Por eso se necesita la valoración interdisciplinaria.

"De 321 casos, las revocatorias han sido mínimas porcentualmente, pero ese mínimo genera un cuestionamiento a nivel social de impunidad", explicó Murillo. Esteban Monge/La República

¿Cómo se fijan los perímetros de movimiento?

Como se carece de una valoración interdisciplinaria, los jueces entienden que arresto domiciliar con mecanismos electrónicos es casa por cárcel. La persona saca un pie del portón y el sistema GPS señala una violación del ámbito de domicilio.

¿Es en todos los casos que nadie sale de la casa?

En principio la regla es su casa. ¿Quiénes son las personas que reciben estas tobilleras? Son muchachos jóvenes, desempleados, la mayoría vive en pobreza extrema. Esos son los usuarios típicos. Tienen que estar encerrados en espacios hacinados donde viven la abuela, la tía, el padrastro, etc.

¿Cuál es el meollo del problema con los permisos laborales?

La ley dice que es en la fase de ejecución de la pena, es decir, después de haber dado el brazalete electrónico, cuando se determinará. ¿Qué pasa cuando esa persona queda sometida a no salir de su casa? Diay, pierde su trabajo. ¿Cómo encuentra trabajo alguien si la decisión judicial es encerrarlo en su domicilio sin salidas hasta que el juzgado se pronuncie? No pueden ni salir a patear la bola a la plaza, esto genera altos niveles de ansiedad.

¿Y adónde se va eso del artículo 57 bis, que dice que el juez tiene que incentivar la educación virtual?

Eso es un cuento chino. ¿Qué condiciones tienen estas personas para acceder a un programa virtual? ¿Tiene el Estado o la oficina de monitoreo un programa de formación virtual? Y si lo inventa, va a tener que darle computadoras a todos. ¿Cuántos tienen una portátil?

Se justifican leyes en estas frases hermosas de educación virtual y en la práctica todo se convierte en control y neutralización... ¡de personas no peligrosas! Estoy de acuerdo con que esa neutralización sea radical cuando usted tiene a alguien peligroso.


¿Deberían darles las tobilleras a personas peligrosas o con penas más altas?

En las condiciones actuales, démosles las tobilleras a personas peligrosas. A las personas no peligrosas, que les flexibilicen las condiciones. Para que esto tenga un efecto en el descongestionamiento de las cárceles, deberían tomarse en cuenta los mínimos de drogas, penas de ocho años.

Muchas personas están en la cárcel por narcomenudeo con penas de ocho años porque no se sometieron a un abreviado, hoy no son candidatos a tobilleras. Su nivel de peligrosidad no es alto. Son personas que, en la pobreza, han asumido este estilo de vida disfuncional por falta de oportunidades. Si a ellos los sometemos a procesos de educación, enseñanza de un oficio y que los capacite el INA, podríamos recuperarlos.

¿Se están aplicando medidas excesivas a personas que no las necesitan?

En la sociedad del miedo, establecemos mecanismos de control desproporcionados. Es un uso de recursos que podríamos utilizar de otra forma.

Si esta población no es de riesgo, ¿para qué la sometemos a un mecanismo de control como si fuera de riesgo? Los tenemos ubicados las 24 horas en GPS y los tenemos encerrados en su domicilio, cuando se supone que estas personas no son peligrosas.

¿De quién es la culpa?

Del sistema. Desde el principio la ley debería exigir que el tribunal brinde esas condiciones de cumplimiento. La decisión de avalar el trabajo no se da desde el principio; se da semanas, meses después. La persona queda encerrada en la casa.


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