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INVERSIONISTA


Sin ninguna regla

Rafael Luna rluna@consortiumlegal.com | Lunes 08 febrero, 2016




Sin ninguna regla

En la discusión entre opositores y partidarios del registro de accionistas, todo se ha enfocado en su simple creación, los beneficios y perjuicios de su existencia. ¿Por qué?
Porque Hacienda sigue tratando de hacer las cosas a la brava y de forma chambona.
La norma que pretende la creación del registro de accionistas se presentó sin mayores explicaciones, desarrollo, límites o consecuencias.
Si Hacienda hubiera propuesto renglón seguido, un desarrollo señalando cuestiones como qué cuerpo o Dirección Técnica tendría acceso exclusivo a la base de datos; qué controles de resguardo y confidencialidad de los datos almacenados se establecerían; cuáles serían los criterios objetivos de selección para el desarrollo de una investigación y quiénes definen esos parámetros de selección, así como su periodicidad; cuál entidad u organismo tiene la iniciativa de una investigación y bajo qué parámetros, etc.
Todo lo anterior, para que no se caiga en la arbitrariedad, las cacerías de brujas (con vientos cambiantes cada cuatro años) y el abuso de formas, así como la persecución política y económica.
Pero no, solo preocupa crear el Registro y después ponerse a pensar qué hacer con él.
Hábilmente, Hacienda pretende hacer pensar que cualquiera que se oponga está del lado de los defraudadores. Eso no es cierto.
La explicación dada en la Asamblea Legislativa de un caso de fraude complejo para justificarse, solo demuestra que son capaces, cuando quieren, de detectar esos casos complejos… sin ningún registro de accionistas.
Los que observamos diariamente los comportamientos de Tributación, cada día nos alarmamos más de la arbitrariedad con la que se conducen diariamente sus funcionarios, así como la falta de controles y sanciones a los que incumplen.
Ejemplos de fugas impunes de información hay muchos, incluyendo funcionarios que accedían al sistema para ver cuánta plata tenía Keylor Navas…
Hasta la fecha la responsabilidad de tales funcionarios, ninguna. Pero además, la creación del registro siempre olvida un adecuado régimen sancionador al funcionario que incumpla sus deberes.
A alguien se le podría ocurrir decir que la violación del “secreto tributario” debería tener penas de cárcel equivalentes a la defraudación fiscal y a otro contestar, que no se puede comparar a alguien que defrauda millones con un simple funcionario tributario que se “va de la boca”.
Una posible réplica sería que sí merece penas equivalentes, porque a pesar de no haber un perjuicio monetario, se provoca un perjuicio mucho más grave al bien social, al poner en entredicho la integridad misma de la Administración Tributaria, la cual, aunque a alguien le duela, es necesaria.
La Administración faltó a la verdad afirmando que este registro era exigido por la OCDE, cuando en realidad era una de tres posibilidades mencionadas, de las cuales otra ya estaba cumplida por Costa Rica. Eso solo aumenta la desconfianza pública.
Recordemos que la Administración Tributaria ya tiene legalmente la facultad de solicitar los libros de accionistas de cualquier contribuyente y actualmente cuenta con información de los accionistas de todos los grandes contribuyentes. Si así es la cosa para su creación, ¿Cómo lo será para su “aplicación”?

Rafael Luna
Abogado Tributario
rluna@batalla.com







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