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IVA


¿Tiene que declarar IVA el 16 de agosto o hasta setiembre? Hacienda lo aclara

Christine Jenkins cjenkins@larepublica.net | Miércoles 14 agosto, 2019


Cuadros que deletrean IVA
Este transitorio no aplica para los que vienen haciendo la declaración mensual de ventas, como los comerciantes de bienes y algunos prestadores de servicios; para ellos será el 16 de agosto. Shutterstock/La República.


Los trabajadores de servicios que son gravados por primera vez, entre ellos los profesionales, tendrán hasta setiembre para presentar la primera declaración del impuesto sobre el valor agregado (IVA).

Estos nuevos contribuyentes, no gravados bajo el anterior impuesto de ventas, podrán presentar y pagar la primera declaración del IVA para julio, por una única vez, en los meses de agosto y septiembre, inclusive, aclaró hoy el Ministerio de Hacienda.

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Este transitorio no aplica para los que vienen haciendo la declaración mensual de ventas, como los comerciantes de bienes y algunos prestadores de servicios; para ellos será el 16 de agosto.

“La decisión de pagar la declaración conforme al transitorio es optativa, si el contribuyente desea cumplir con su obligación de declarar y pagar en el período ordinario o solo declarar y luego cancelar el impuesto dentro del plazo del transitorio, puede hacerlo, pero debe tener presente que en septiembre se le acumulará el pago de los períodos de julio y agosto”, dijo Carlos Vargas, director general de Tributación.

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La siguiente declaración, para las actividades de agosto, se vencerá el 16 de septiembre.


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