Transparencia y Control en las Exoneraciones del Impuesto al Valor Agregado
Milagro Hernández milagro.hernandez@cr.gt.com | Martes 30 abril, 2024
En Costa Rica las exoneraciones son de gran relevancia y debate en el ámbito fiscal y económico del país. La implementación de exoneraciones fiscales tiene como fin principal estimular sectores específicos de la economía, así como promover la inversión y fomentar el desarrollo. Pero generan una gran presión cuando afectan los flujos de recaudación del Estado; y es por ello que, la Administración Tributaria tiene planes de fiscalización constantes para su correcta implementación.
Se debe entender que las exoneraciones son la dispensa legal de la obligación tributaria según el artículo 61 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Ahora bien, en Costa Rica posteriormente a la reforma fiscal de julio 2019, entró a vigor el impuesto indirecto denominado “Impuesto al Valor Agregado” conocido como “IVA”, este impuesto grava la prestación de servicios y ventas de bienes.
En los últimos años, la asamblea legislativa a través de diferentes leyes ha brindado una serie de exoneraciones para este impuesto en diversos sectores, como lo son el sector salud, educación, agricultura y turismo, lo anterior, con el propósito de impulsar su crecimiento y competitividad. Sin embargo, la efectividad y transparencia de estas exoneraciones han sido cuestionadas en múltiples ocasiones cuando se identifica que los contribuyentes no respetan el objeto de las mismas, y por ejemplo, los beneficiarios aplican el beneficio de manera indiscriminada sobre importaciones que no cumplen los requisitos para ser considerados exonerados. De ahí que, la manera en que la autoridad fiscal tiene para verificar este cumplimiento, es mediante mecanismos efectivos de verificación posterior.
Tras la necesidad que tiene el Estado de control posterior, la normativa regula mecanismos para la autorización y fiscalización, con el fin de garantizar que las exenciones se otorguen de una manera adecuada y justificada, esto como medida para fortalecer la transparencia e integridad del sistema fiscal.
Es importante, recordar que las exoneraciones pueden ser de carácter objetivo, las cuales se otorgan en función de determinados hechos o actos, de carácter subjetivo cuando se toman en consideración condiciones en particulares de las personas físicas o jurídicas o bien en algunas ocasiones pueden participar de esos dos caracteres y resultan ser en forma simultánea, que en dicho caso se le denominaría exenciones mixtas,
Dicho lo anterior y como una de las medidas a tomar, el Ministerio de Hacienda se encuentra facultado de conformidad con la “Ley de Regímenes de exenciones del pago de tributos, su otorgamiento y control sobre uso y destino N°10286”, a iniciar un proceso de verificación en el caso que se presuma una ineficacia de la exención. Este proceso de fiscalización busca determinar el uso y el destino de la exoneración para determinar si se cumplen los requisitos objetivos o subjetivos de la misma. En caso de establecer un incumplimiento, llevar a cabo el cobro de los tributos exonerados más el monto de intereses que corresponda; e incluso en situaciones indicadas por ley, puede establecer sanciones pecuniarias.
En definitiva, una exoneración es un incentivo fiscal para muchos contribuyentes sujetos al impuesto al Valor Agregado, sin embargo, una mala administración de ellas podría ocasionar perjuicios a la actividad, por lo cual, algunas recomendaciones a tomar son:
• Registro de compras: Separar e identificar las compras según la tarifa del IVA con la que se adquirió.
• Registro de ventas: Identificar y separar las ventas según la tarifa del IVA cobrada o facturada, incluso aquellas tarifas reducidas.
• Ventas exentas: Determinar e identificar cuáles ventas se encuentran exentas con o sin derechos a crédito.
De manera que, como se ha observado, este mecanismo de incentivo fiscal ha desempeñado un papel fundamental en la promoción del crecimiento económico y el apoyo a sectores particulares. Sin embargo, es imperativo que las empresas exportadoras ejerzan una cautela rigurosa en sus sistemas y administración, con el fin de preservar la integridad del sistema y optimizar sus beneficios, al mismo tiempo que se evitan posibles perjuicios financieros a la actividad. Esto es especialmente relevante dado el sistema de verificación posterior actualmente llevado a cabo por el Ministerio de Hacienda, cuya visibilidad implica la posibilidad de ser objeto de escrutinio en cualquier momento.