¡Tributación está llena de diputados!
¡Tributación está llena de diputados!
Tributación sigue comportándose como si sus funcionarios fueran diputados y sus criterios fueran leyes. Ahora resulta que según la Administración Tributaria “el uso de programas o licencias de cómputo, para que pueda ser considerado como un gasto deducible, debe haberse adquirido a la empresa que elabora y comercializa esos programas, que es la única que podría disponer, autorizar o ceder el uso de las licencias a su nombre”. Es decir, que ya no basta con los requisitos que se encuentran en la Ley y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta, que simplemente hablan de que el gasto es deducible si es necesario para la generación de renta gravable, que se hagan las retenciones de ley y se mantengan comprobantes de pago, sino que en el caso de licencias de software (en este caso del programa SAP), si dichas licencias no son adquiridas directamente de SAP AG en Alemania —según Tributación—, resulta que no son deducibles. Los contribuyentes no deben hacer caso de este criterio, dado que es evidentemente ilegal. El hecho de que quien venda los programas de cómputo no sea directamente su fabricante es completamente irrelevante desde el punto de vista tributario. Si la anterior situación viola algún derecho de propiedad intelectual del fabricante, es una cuestión de derecho privado que solo le incumbe a la empresa fabricante y de hecho la normativa al respecto señala claramente que la obligación tributaria, no se afecta por circunstancias relativas a la validez de los actos, ni por los efectos que los hechos o actos gravados tengan en otras ramas del Derecho Positivo costarricense. La situación descrita no es la única y seguramente no será la última, dado que la Administración Tributaria, en su afán de recolectar a como de lugar, constantemente realiza invenciones legislativas, imponiendo requisitos y criterios carentes de sustento jurídico. La mejor forma de buscar el cumplimiento voluntario de los contribuyentes es crear la percepción de que Tributación se comporta de forma justa y apegada a la ley, porque los contribuyentes que se vean expoliados con este tipo de criterios, no tendrán incentivos de cumplir con la ley, si quien la aplica tampoco lo hace.
Rafael Luna
Socio AFC
rluna@afc.cr