Logo La República

Sábado, 23 de noviembre de 2024



INVERSIONISTA


Tributación ignoraría la ley

Bernal Rodríguez brodriguez@larepublica.net | Lunes 28 enero, 2013




Cambios dan solo 30 días al contribuyente para pagar

Tributación ignoraría la ley

Nuevas reglas serían aplicadas a casos de años anteriores en perjuicio de los contribuyentes

Con el reciente cambio en la ley tributaria usted, como contribuyente, tendrá únicamente 30 días para pagar el monto que la administración considere adeudado tras una fiscalización, aunque usted no esté de acuerdo y piense apelarlo.
Pero existen criterios encontrados con esta regla recién aprobada, sobre todo porque podría ser aplicada de manera retroactiva, por lo que usted podría evitar que Tributación le aplique estas reglas acudiendo a la Sala Constitucional.
Y es que por principio legal no se deben aplicar nuevas leyes que afecten al ciudadano por hechos que ocurrieron con anterioridad a que esta normativa existiera, es decir en forma retroactiva.
Pero la administración tributaria ya avisó que en las nuevas fiscalizaciones sí se aplicará el plazo de los 30 días, aunque sea para ver datos de periodos anteriores. Tributación puede por términos legales fiscalizar hasta cuatro años atrás, es decir ver datos desde 2009.
“A pesar de que se trata de un nuevo proceso de fiscalización iniciado con posterioridad a la entrada en vigencia de los cambios en la ley, la investigación se realiza sobre hechos ocurridos antes de los cambios legales, razón por la cual se deberían aplicar los plazos y reglas del momento en que sucedieron los hechos”, considera Rafael Luna, socio del bufete AFC.
Estos hechos que se estarían fiscalizando fueron realizados por el contribuyente bajo las normas anteriores, en donde se establecían plazos determinados, los cuales fueron modificados por el cambio en la normativa.
“Las reglas que deben aplicarse a los contribuyentes que se les reclamen impuestos dejados de pagar en periodos previos a 2012, debería ser la ley anterior junto con sus plazos”, aseguró Luna.
Este no parece ser el criterio que está dispuesta a aplicar la administración tributaria, a pesar de que todavía no se han presentado los primeros casos.
Aquellos contribuyentes que resulten seleccionados y se les realice la primera aplicación de la nueva normativa sobre hechos sucedidos bajo la existencia de la anterior ley, serán quienes deban dar la batalla legal para que esto no suceda. Probablemente en la Sala Constitucional ya que los tribunales contenciosos durarían en promedio más de dos años en resolver un tema como este.
“Además el contribuyente podría verse expuesto a embargos y otro tipo de medidas si no cumple con lo ordenado por Tributación, dado que la resolución sería ya un acto administrativo en firme”, dijo Randall Madriz, asociado de Pacheco Coto.
Será hasta el momento en que aparezca el primer “favorecido” de una nueva fiscalización que se sabrá cuáles reglas serán las que se apliquen al cobro de impuestos dejados de cancelar en los años posteriores a 2012.

Bernal Rodríguez
brodriguez@larepublica.net







© 2024 Republica Media Group todos los derechos reservados.