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Viernes, 22 de noviembre de 2024



IVA


Cobrar IVA complicaría reprogramación de viajes, reclaman agencias

Jeffry Garza jeffrygarza.asesor@larepublica.net | Martes 05 mayo, 2020


Una mujer viste un vestido azul en el lobby de un hotel
Cobrar el IVA sería una nueva dificultad para la empresas turísticas en medio de la crisis, apuntó Sary Valverde, presidenta de la Asociación Costarricense de Agencias de Viajes. Archivo/La República


La aplicación del 4% del Impuesto del Valor Agregado (IVA) en los servicios turísticos a partir del próximo 1 de julio, representa un problema para la reprogramación de viajes suspendidos por el Coronavirus, según la Asociación Costarricense de Agencias de Viajes (ACAV).

De no postergarse la aplicación de este impuesto para el 2021, los servicios del sector turístico que estaban exentos empezarán a gravarse con el IVA a partir del 1 de julio del 2020, argumentaron los empresarios de las agencias de viaje.

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Esto implica que todos los viajes que se reprogramen después de esa fecha deben gravarse con este impuesto, lo que plantea una nueva dificultad para las agencias en medio de la crisis.

“Esto nos plantea dos escenarios: trasladar ese costo a los clientes incrementando la tarifa pactada o asumirlo como un costo operativo para evitar modificaciones de la tarifa final, sin embargo, ninguna de las dos opciones es beneficiosa (…)”, dijo Sary Valverde, presidenta de ACAV.

Desde dicha asociación solicitan al Gobierno reconvocar el proyecto de ley propuesto por el diputado liberacionista Roberto Thompson que busca exonerar del pago de ese impuesto por un año más.

Durante el tiempo de la pandemia las agencias brindan alternativas a sus clientes como cambios de fechas de los viajes o las reservaciones con la máxima flexibilidad posible, evitando cualquier tipo de penalidad, con el fin de evitar cancelaciones masivas, explicó Valverde.

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La “Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas” establece que los servicios turísticos están sujetos a una tarifa reducida del 4% durante el segundo año de vigencia de esta ley, y a una tarifa reducida del 8% durante el tercer año.

A partir del cuarto año estarán sujetos a la tarifa general del IVA de un 13%.


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