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Deudores cuentan con reglamento que los protegería de las tasas de usura

Redacción La República redaccion@larepublica.net | Jueves 16 diciembre, 2021 07:49 p. m.


Dinero
La normativa establece el procedimiento a seguir por los proveedores de servicios de crédito. Archivo/LA REPÚBLICA.


Las personas que pretenden sacar un préstamo o que ya lo tienen y las entidades financieras podrán revisar el reglamento que regula las tasas de interés de usura, luego de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, N° 242.

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Este reglamento tiene como objetivo explicar las disposiciones que rigen para las tasas de interés que se cobran en operaciones financieras, comerciales y microcréditos que se ofrezcan al consumidor.

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Como parte de su implementación, incorpora disposiciones relacionadas al contenido de los estados de cuenta, la publicidad a la que están obligados los oferentes de crédito, la regulación mínima de los contratos, deberes del consumidor, la aplicación de contracargos, disposiciones en temas sobre servicio al cliente, la imposibilidad de prácticas abusivas, tanto en la colocación como en la cobranza.

En cuanto a tasas de interés, es prohibido fragmentar el monto de los créditos regulares, con la finalidad de cobrar una tasa mayor a la tasa anual máxima; incorporar a la tasa de interés costos, gastos, multas o comisiones que superen los límites establecidos.

La normativa establece el procedimiento a seguir por los proveedores de servicios de crédito para la homologación de contratos de crédito por parte de la Comisión Nacional del Consumidor (CNC), entidad que será la encargada de su homologación, a fin de que la tasa de interés nominal más los costos, gastos, multas y comisiones, así como cualquier otro cargo, no supere la tasa anual máxima calculada por el Banco Central.



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