Ministerio de Justicia celebra aprobación en primer debate de reformas a Código Penal
Jeffry Garza jeffrygarza.asesor@larepublica.net | Viernes 09 febrero, 2018 01:59 p. m.
El Ministerio de Justicia y Paz mostró su satisfacción por la aprobación, en primer debate, del proyecto que reforma el artículo 56 bis del Código Penal.
Este tiene el objetivo de que las personas condenadas por primera vez y por delitos no violentos realicen trabajos de servicios comunitario, como medida alternativa a la cárcel.
La iniciativa fue presentada hace dos años por el Ministerio, y en su elaboración participaron varios integrantes del Poder Judicial.
Con la reforma se podrá imponer servicio comunitario a quien reciba una pena de prisión menor a cinco años y no proceda la ejecución condicional del la pena.
En estos casos el infractor deberá no haber cometido su delito con armas definidas como tales, con excepción de lo dispuesto en la Ley de
Armas y Explosivos.
Tampoco deberá haber cometido el delito agrediendo físicamente a su víctima.
Además, están fuera de la aplicación de esta pena sentenciados con antecedentes penales por delitos dolosos con pena superior a seis meses.
Asimismo, no aplica para delitos de crimen organizado, contra los deberes de la función pública, sexuales, homicidio doloso o feminicidio.
De igual forma, el sentenciado deberá estar en disposición de restaurar el daño a la víctima o comunidad a través del servicio utilitario.
Los jueces determinarán la cantidad de horas y el plazo para dicho servicio utilitario, en función del daño causado.
La pena no podrá ser mayor a mil horas por año.
Video cortesía del Ministerio de Justicia y Paz