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¿Patrono, tiene colaboradores pensionados?

Redacción La República redaccion@larepublica.net | Martes 13 agosto, 2024


Karen Rodriguez   Gerente Nómina Costa Rica, Auxadi


Karen Rodriguez

Gerente Nómina Costa Rica, Auxadi

KRL@auxadi.com

La jubilación abre un nuevo mundo para quien inicia esta etapa. Muchas personas deciden mantenerse activos desde la perspectiva laboral y con ello, los patronos deben de manejar reglas levemente distintas que para el resto de la población.

El primero de ellos es con relación al Impuesto sobre el Salario. Se debe de analizar si la persona deberá pagar este impuesto por los ingresos que reciba de su trabajo, pero tomando en cuenta el beneficio que ya obtiene por la pensión. Esto por cuanto ambos se consideran ingresos separados y ambos están sujetos a impuestos según las leyes fiscales.

Por ejemplo, asumamos el caso de un colaborador que percibe un salario mensual de: 825.000 mensuales y en paralelo una pensión de ₡580,000 mensuales. A pesar de que ninguno de los dos montos son umbral para el cobro de Impuesto al salario, al momento de calcular el impuesto se deben de sumar ambos rubros, devengando así un salario de ₡1,405,000 mensuales.

Si contemplamos los tramos vigentes de impuesto al salario para el año 2024, el monto de impuesto corresponde a ₡49,700 mensuales, asumiendo que el colaborador no se encuentre casado y tenga hijos aplicables al tributo.

Si un patrono decide mantener laborando a un colaborador pensionado, es importante validar con la operadora de pensiones que se encuentra afiliado el empleado, si se está realizando la debida deducción.

Lo segundo que debemos de analizar es si persona pensionada también deberá continuar pagando las cargas sociales a la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) según la Ley Constitutiva de la CCSS y su respectivo reglamento, el porcentaje común (10,67%) que pagamos todos los trabajadores asalariados se ve reducido y la obligatoriedad por parte del pensionado es la retención el Seguro de Enfermedad y Maternidad o Seguro de Salud (SEM). El porcentaje para el pensionado es de 5.50% y la parte patronal de 9,25%.

En resumen, la seguridad social y los impuestos son pilares fundamentales para el bienestar de la sociedad y el desarrollo económico. Es crucial que todos estemos informados y participemos activamente en las discusiones sobre estos temas. Solo así podremos asegurar un futuro más justo y equitativo para todos.







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