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¿Podría el Tribunal condenar a Keylor Navas, Bryan Ruiz y Celso Borges?

Walter Herrera wherrera@larepublica.net | Jueves 18 marzo, 2021 09:50 a. m.


adrian gutierrez keylor navas celso borges
Archivo/La República


Tras la querella privada presentada por los futbolistas Keylor Navas, Celso Borges y Bryan Ruiz luego de unas declaraciones brindadas por Adrián Gutiérrez en un programa de radio donde aseguró que esos jugadores no querían continuar con Jorge Luis Pinto como seleccionador y que había escuchado decir que estaban dispuestos a perder partidos, si era necesario, para que el técnico se fuera, los comentarios negativos se han enfocado en los querellantes y no los querellados.

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Es decir, la opinión público a castigado fuertemente a quienes realizan la demanda y no a los demandados.

Ante este caso, consultamos a la especialista en derecho y ex jueza penal, Margarita Bellido, sobre la posibilidad que los futbolistas, quienes son los demandantes, puedan ser al final condenados.

"En este tipo de delitos contra el honor, que es un derecho inherente al ser humano, debo aclarar que la difamación, como está establecido en el artículo 149 del Código Penal, existe la prueba de la verdad, si usted hace una manifestación sobre mi persona y llega a demostrar que lo que dijo sobre mí es cierto, es excepción a la prueba de la verdad, usted aunque fue querellado, se le va a absolver, prueba que lo que dijo es cierto. Si se le acoge a la prueba de la verdad, entonces se va a condenar al querellante a costas procesales y personales, lo que implica que deba indemnizar por daños y prejuicios, pagar honorarios y gastos en los que incurrió la contraparte en el proceso de defensa", explicó Bellido.

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Otro escenario es que se de el in dubio pro reo, un principio jurídico que expresa la obligatoriedad de probar los hechos y que, en el caso de que esta prueba sea insuficiente para demostrarlos, la decisión judicial deberá favorecer al acusado del delito.


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