¿Preocupado por pago de impuesto de renta? Recuerde que podrá hacerlo a más tardar el 15 de marzo
Ronny Gudiño ronnygudino.asesor@larepublica.net | Jueves 17 diciembre, 2020
Si usted es de los que se preocupó porque ya pasó el 15 de diciembre y no hizo su pago del impuesto sobre la renta, no olvide de que este impuesto lo podrá pagar a más tardar el 15 de marzo.
Recuerde también que ahora el periodo fiscal se dará del 1 de enero al 31 de diciembre, no del 1 de octubre al 30 de septiembre del año siguiente; sin embargo, este año se experimentará un año atípico en cuanto a que se abarcarán por única vez 15 meses (octubre 2019-diciembre 2020).
¿Esto qué implica? Que al estar más meses en consideración, deba pagar más de impuesto.
Ahora bien, recuerde los tramos de impuestos de renta para el periodo fiscal 2020.
Impuestos asalariados
- Hasta ₡840 mil: Exento
- Sobre el exceso de ₡840 mil hasta ₡1.233.000: 10%
- Sobre el exceso de ₡1.233.000 hasta ₡2.163.000: 15%
- Sobre el exceso de ₡2.163.000 hasta ₡4.325.000: 20%
- Sobre el exceso de ₡4.325.000: 25%
Impuestos personas jurídicas
- Hasta ₡5.143.000: 5%
- Sobre los ₡5.143.000 hasta los ₡7.715.000: 10%
- Sobre los ₡7.715.000 hasta ₡10.286.000: 15%
- Sobre el exceso de ₡10.286.000: 20%
Cuando la renta bruta supere ₡109.032.000, impuesto será del 30%
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Impuesto a personas físicas con actividades lucrativas
- Hasta ₡3.732.000: Exento
- Sobre el exceso de ₡3.732.000 hasta ₡5.573.000: 10%
- Sobre el exceso de ₡5.573.000 hasta ₡9.296.000: 15%
- Sobre el exceso de ₡9.296.000 hasta ₡18.631.000: 20%
- Sobre el exceso de ₡18.631.000: 25%
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Con un ejemplo, esto implicaría que si su empresa tiene una renta bruta de ¢110.500.000, la tarifa a aplicar será de 30%. Asumiendo que tiene gastos por ¢25.000.000, tendrá una renta neta de ¢85.500.000.
Esa renta neta la multiplica por el 30%, lo que le generaría un impuesto a pagar de ¢25.650.000