‘Impuesto al sol’ estará congelado por dos meses, dictamina Aresep
Facturación para generadores de energía con paneles solares se incrementó entre un 20% y un 400%
Andrei Siles asiles@larepublica.net | Martes 09 enero, 2024 12:15 p. m.
La estructura tarifaria aprobada por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos por concepto de servicio de energía eléctrica para generadores particulares a través de paneles solares será suspendida por al menos dos meses, medida que se haría efectiva a mediados enero.
Tal acuerdo fue tomado por el ente regulador a fin de considerarse una serie de inquietudes externadas por diversos sectores en torno a la interpretación hecha por distribuidores energéticos, entre ellos la Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL), cuyos abonados generadores de energía solar experimentaron hasta un 400% de incremento en sus recibos de luz.
"Cuando se aplican estas tarifas, tenemos incrementos en los recibos de la gente que tienen paneles solares que oscilan entre un 20% y un 400%, por ejemplo, en mi casa, yo pagaba ¢30 mil de luz y ahora la CNFL me está cobrando de manera retroactiva ¢90 mil, lo que implica un alza de 300%”, manifestó en días pasados a LA REPÚBLICA Jorge Esteban Padilla, directivo de la Cámara de Generación Distribuida.
Justamente representantes de esta organización, así como autoridades del Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y la Aresep intercambiaron criterios en un encuentro el mes pasado, en el cual se llegó a la determinación de frenar temporalmente dicho modelo de tarifas hasta que se realicen algunos ajustes de forma y fondo para clarificarlo ante los distintos distribuidores.
En este contexto, un grupo de más de 200 productores de generación distribuida envió una carta abierta solicitando a la Aresep suspender dicha metodología por un plazo de seis meses o hasta que las empresas distribuidoras y sus sistemas estén preparadas para implementarla adecuadamente.
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También solicitan consensuar una tarifa justa que considere los ahorros que tendrá el país por la compra de menos búnker y la reducción en las ‘pérdidas de transmisión’ que ofrecen los sistemas fotovoltaicos, así como garantizar la seguridad jurídica para las inversiones que fueron realizadas en el marco metodológico aplicado anteriormente (de neteo simple).