La CIDH y sus sentencias
Alvaro Madrigal cuyameltica@yahoo.com | Jueves 29 octubre, 2015
Estados Unidos, Canadá y varios Estados caribeños no firmaron el Pacto ni reconocen la competencia de la CIDH
De cal y de arena
La CIDH y sus sentencias
Las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ¿son puntual y plenamente respetadas y ejecutadas? La respuesta es negativa.
Más aún, no existe un mecanismo que provea a la CIDH de poder coactivo para hacer que se respeten, a diferencia de la suerte que corren las decisiones de la Corte Europea de Derechos Humanos.
A lo sumo, nuestra Corte apenas ve pasar sus quejas vía informativa a la Asamblea General de la OEA, que se reúne dos días al año y cuyas resoluciones se toman por consenso. Por ahí el Estado rebelde, ante una condenatoria de la CIDH, la bloquea.
La misma institución creada en la Convención Americana sobre Derechos Humanos para aplicar sus normas lo ha reconocido una y otra vez, con estéril resultado hasta ahora, pues la rebeldía de hecho, en la que llegan a incurrir tanto Estados de clara identidad libertaria y democrática como los que guardan una trayectoria empañada, campea a sus anchas reduciendo las sentencias “incómodas” de la CIDH a la ineficacia por falta de poder coactivo.
¿Qué le va a pasar a Costa Rica por que termine desentendiéndose del mandato que le impuso la Corte en el expediente de la fertilización in vitro? Nada.
Nada que no sea una pérdida de autoridad moral a la hora de demandar a la comunidad internacional el respeto a los derechos humanos y, además, una perniciosa adhesión a las conductas lesivas del orden jurídico internación.
La Corte ha tratado de superar esta laguna en la Convención mediante un protocolo que provea una forma de materializar la sanción, sin conseguirlo. Su juez, nuestro compatriota Manuel Ventura Robles, nos recuerda en varios estudios los estériles esfuerzos en este sentido. Este vacío, igual que la provisión de un acceso directo de las personas a su jurisdicción, desvela desde hace años a la Corte.
La omisión de unos Estados a la hora de ejecutar las sentencias y la “sublevación” de otros materializada en el retiro de su adhesión al Pacto de San José (Venezuela lo hizo en setiembre de 2013 y Trinidad-Tobago en 1998) conforman todo un desafío a la primacía de los derechos humanos.
No menos significativo es que Estados Unidos, Canadá y varios Estados caribeños no firmaron el Pacto ni reconocen la competencia de la Corte, lo que deja ver los bizqueos políticos de algunos a la hora de ver los derechos humanos. En junio pasado la CIDH enmendó el “despojo” hecho por el gobierno venezolano de la frecuencia que explotaba “Radio Caracas TV” y declaró que en el caso ha habido violación a los derechos a la libertad de expresión, a su ejercicio sin discriminación y a las garantías judiciales por parte del Estado venezolano.
La respuesta de este fue desconocer toda competencia a la Corte y reafirmar que por haberse retirado de la Convención, no va a prestar oídos a los procesos que incoe. No hay más que aceptar que los derechos humanos adolecen de grave vulnerabilidad y que resta mucho camino por andar para instituir el mecanismo idóneo que obligue a los Estados a reconocer y respetar la jurisdicción del organismo llamado a ampararlos.
Álvaro Madrigal
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